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Situación actual

1980 - Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías

Esta página se actualiza cada vez que se informa a la CNUDMI de cambios en el estado de las Convenciones.

Se aconseja también al lector que consulte la United Nations Treaty Collection , para obtener información autorizada sobre la situación de las Convenciones de la CNUDMI depositadas ante el Secretario General de las Naciones Unidas.

La Secretaría de la CNUDMI prepara también anualmente un documento en el que figuran la situación de las Convenciones y las promulgaciones de Leyes Modelo de la CNUDMI, disponible en la página web del correspondiente período de sesiones de la Comisión de la CNUDMI.

Estado

Firma

Ratificación, adhesión,
aprobación, aceptación o
sucesión

Entrada en vigor

Albania 13 mayo 2009 (b) 1º junio 2010
Alemania (l, m) 26 mayo 1981 21 diciembre 1989 1º enero 1991
Argentina (a) 19 julio 1983 (b) 1º enero 1988
Armenia (a) 2 diciembre 2008 (b) 1º enero 2010
Australia 17 marzo 1988 (b) 1º abril 1989
Austria 11 abril 1980 29 diciembre 1987 1º enero 1989
Belarús (a) 9 octubre 1989 (b) 1º noviembre 1990
Bélgica 31 octubre 1996 (b) 1º noviembre 1997
Bosnia y Herzegovina 12 enero 1994 (c) 6 marzo 1992
Bulgaria 9 julio 1990 (b) 1º agosto 1991
Burundi 4 septiembre 1998 (b) 1º octubre 1999
Canadá (d) 23 abril 1991 (b) 1º mayo 1992
Chile (a) 11 abril 1980 7 febrero 1990 1º marzo 1991
China (e) 30 septiembre 1981 11 diciembre 1986 (f) 1º enero 1988
Chipre 7 marzo 2005 (b) 1º abril 2006
Colombia 10 julio 2001 (b) 1º agosto 2002
Croacia (g) 8 junio 1998 (c) 8 octubre 1991
Cuba 2 noviembre 1994 (b) 1º diciembre 1995
Dinamarca (j) 26 mayo 1981 14 febrero 1989 1º marzo 1990
Ecuador 27 enero 1992 (b) 1º febrero 1993
Egipto 6 diciembre 1982 (b) 1º enero 1988
El Salvador 27 noviembre 2006 (b) 1º diciembre 2007
Eslovaquia (h, i) 28 mayo 1993 (c) 1º enero 1993
Eslovenia 7 enero 1994 (c) 25 junio 1991
España 24 julio 1990 (b) 1º agosto 1991
Estados Unidos de América (i) 31 agosto 1981 11 diciembre 1986 1º enero 1988
Estonia (k) 20 septiembre 1993 (b) 1º octubre 1994
ex República Yugoslava de Macedonia 22 noviembre 2006 (c) 17 noviembre 1991
Federación de Rusia (a, p) 16 agosto 1990 (b) 1º septiembre 1991
Finlandia (j) 26 mayo 1981 15 diciembre 1987 1º enero 1989
Francia 27 agosto 1981 6 agosto 1982 (b, f) 1º enero 1988
Gabón 15 diciembre 2004 (b) 1º enero 2006
Georgia 16 agosto 1994 (b) 1º septiembre 1995
Ghana 11 abril 1980
Grecia 12 enero 1998 (b) 1º febrero 1999
Guinea 23 enero 1991 (b) 1º febrero 1992
Honduras 10 octubre 2002 (b) 1º noviembre 2003
Hungría (a, n) 11 abril 1980 16 junio 1983 1º enero 1988
Iraq 5 marzo 1990 (b) 1º abril 1991
Islandia (j) 10 mayo 2001 (b) 1º junio 2002
Israel 22 enero 2002 (b) 1º febrero 2003
Italia 30 septiembre 1981 11 diciembre 1986 1º enero 1988
Japón 1º julio 2008 (b) 1º agosto 2009
Kirguistán 11 mayo 1999 (b) 1º junio 2000
Lesotho 18 junio 1981 18 junio 1981 1º enero 1988
Letonia (a) 31 julio 1997 (b) 1º agosto 1998
Líbano 21 noviembre 2008 (b) 1º diciembre 2009
Liberia 16 septiembre 2005 (b) 1º octubre 2006
Lituania (a) 18 enero 1995 (b) 1º febrero 1996
Luxemburgo 30 enero 1997 (b) 1º febrero 1998
Mauritania 20 agosto 1999 (b) 1º septiembre 2000
México 29 diciembre 1987 (b) 1º enero 1989
Moldova 13 octubre 1994 (b) 1º noviembre 1995
Mongolia 31 diciembre 1997 (b) 1º enero 1999
Montenegro 23 octubre 2006 (c) 3 junio 2006
Noruega (j) 26 mayo 1981 20 julio 1988 1º agosto 1989
Nueva Zelandia 22 septiembre 1994 (b) 1º octubre 1995
Países Bajos 29 mayo 1981 13 diciembre 1990 (o) 1º enero 1992
Paraguay (a) 13 enero 2006 (b) 1º febrero 2007
Perú 25 marzo 1999 (b) 1º abril 2000
Polonia 28 septiembre 1981 19 mayo 1995 1º junio 1996
República Árabe Siria 19 octubre 1982 (b) 1º enero 1988
República Checa (h, i) 30 septiembre 1993 (c) 1º enero 1993
República de Corea 17 febrero 2004 (b) 1º marzo 2005
República Dominicana 7 junio 2010 (b) 1º julio 2011
Rumania 22 mayo 1991 (b) 1º junio 1992
San Vicente y las Granadinas (i) 12 septiembre 2000 (b) 1º octubre 2001
Serbia (q) 12 marzo 2001 (c) 27 abril 1992
Singapur (i) 11 abril 1980 16 febrero 1995 1º marzo 1996
Suecia (j) 26 mayo 1981 15 diciembre 1987 1º enero 1989
Suiza 21 febrero 1990 (b) 1º marzo 1991
Turquía 7 julio 2010 (b) 1º agosto 2011
Ucrania (a) 3 enero 1990 (b) 1º febrero 1991
Uganda 12 febrero 1992 (b) 1º marzo 1993
Uruguay 25 enero 1999 (b) 1º febrero 2000
Uzbekistán 27 noviembre 1996 (b) 1º diciembre 1997
Venezuela
(República Bolivariana de)
28 septiembre 1981
Zambia 6 junio 1986 (b) 1º enero 1988

Estados parte: 76

(a) Declaraciones y reservas. Este Estado declaró, con arreglo a los artículos 12 y 96 de la Convención que no sería aplicable ninguna disposición del artículo 11, del artículo 29 ni de la Parte II de la Convención que permitiera que la celebración, la modificación o la extinción, por mutuo acuerdo, de un contrato de compraventa, o que la oferta, la aceptación o cualquier otra manifestación de intención se hiciera por un procedimiento que no fuera por escrito, en el caso de que cualquiera de las partes tuviera su establecimiento en su territorio.

(b) Adhesión.

(c) Sucesión.

(d) Declaraciones y reservas. Al dar su adhesión el Gobierno del Canadá declaró que, de conformidad con el artículo 93 de la Convención, ésta sería aplicable a Alberta, la Columbia Británica, Manitoba, Nueva Brunswick, Terranova, Nueva Escocia, Ontario, Isla del Príncipe Eduardo y los Territorios del Noroeste. (Al dar su adhesión el Gobierno del Canadá declaró que, de conformidad con el artículo 95 de la Convención, respecto de la Columbia Británica, el Gobierno del Canadá no quedaría obligado por el inciso b) del párrafo 1) del artículo 1 de la Convención. El Gobierno del Canadá retiró esta última declaración por notificación recibida el 31 de julio de 1992). En una declaración recibida el 9 de abril de 1992, el Gobierno del Canadá extendió el ámbito de aplicación de la Convención a Quebec y a Saskatchewan. Por notificación recibida el 29 de junio de 1992, el Canadá extendió el ámbito de aplicación de la Convención al Territorio del Yukón. Por notificación recibida el 18 de junio de 2003, el Canadá extendió el ámbito de applicación de la Convención al Territorio de Nunavut.

(e) Declaraciones y reservas. Al aprobar la Convención, China declaró que no se consideraba obligado por el inciso b) del párrafo 1) del artículo 1, por el artículo 11 ni por las disposiciones de la Convención relativas al fondo del artículo 11.

(f) Aprobación.

(g) Al suceder en la Convención, Croacia decidió, sobre la base de la Decisión Constitucional sobre la Soberanía e Independencia de la República, de 25 de junio de 1991, y la Decisión del Parlamento croata de 8 de octubre de 1991, así como en virtud de la sucesión de la República Federativa Socialista de Yugoslavia con respecto al territorio de Croacia, que fuera considerada parte en la Convención con efecto a partir del 8 de octubre de 1991, fecha en la cual Croacia rompió todas las relaciones constitucionales y jurídicas con la República Federativa Socialista de Yugoslavia y asumió sus obligaciones internacionales.

(h) El 1º de septiembre de 1981 la ex Checoslovaquia firmó la Convención, y depositó su instrumento de ratificación de la misma el 5 de marzo de 1990, por lo que la Convención entró en vigor para la ex Checoslovaquia el 1º de abril de 1991. El 28 de mayo y el 30 de septiembre de 1993, Eslovaquia y la República Checa, respectivamente, depositaron sendos instrumentos de sucesión, con validez a partir del 1º de enero de 1993, fecha en que se produjo la sucesión de ambos Estados.

(i) Declaraciones y reservas. Este Estado declaró que no quedaría obligado por el inciso b) del párrafo 1) del artículo 1.

(j) Declaraciones y reservas. En el momento de ratificar la Convención, Dinamarca, Finlandia, Noruega y Suecia declararon, de conformidad con el párrafo 1 del artículo 92, que no quedarían obligadas por la parte II de la Convención ("Formación del Contrato"). En el momento de ratificar la Convención, Dinamarca, Finlandia, Noruega y Suecia declararon, con arreglo a los párrafos 1 y 2 del artículo 94, que la Convención no se aplicaría a los contratos de compraventa cuando las partes tuvieran sus establecimientos en Dinamarca, Finlandia, Islandia, Noruega o Suecia. En una notificación hecha el 12 de marzo de 2003, Islandia declaró, de conformidad con el párrafo 1 del artículo 94, que la Convención no se aplicaría a los contratos de compraventa, ni a su formación, cuando las partes tuvieran sus establecimientos en Dinamarca, Finlandia, Islandia, Noruega o Suecia.

(k) Declaraciones y reservas. El 9 de marzo de 2004 Estonia retiró la reserva, enunciada en la nota de pie de página a, que había hecho en el momento de ratificar la Convención.

(l) La Convención fue firmada por la ex República Democrática Alemana el 13 de agosto de 1981, y fue ratificada el 23 de febrero de 1989. Entró en vigor el 1º de marzo de 1990.

(m) Declaraciones y reservas. Al ratificar la Convención, el Gobierno de Alemania declaró que no aplicaría el inciso b) del párrafo 1) del artículo 1 con respecto a cualquier Estado que hubiese hecho una declaración por la que ese Estado no aplicaría el inciso b) del párrafo 1) del artículo 1.

(n) Declaraciones y reservas. En el momento de ratificar la Convención, el Gobierno de Hungría declaró que consideraba que las condiciones generales de entrega de mercaderías entre organizaciones de los Estados miembros del Consejo de Ayuda Mutua Económica estaban sujetas a las disposiciones del artículo 90 de la Convención.

(o) Aceptación.

(p) A partir del 24 de diciembre de 1991, la Federación de Rusia sucedió a la ex Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas (URSS) en la condición de Miembro de las Naciones Unidas y, desde esa fecha, ha asumido plenamente todos los derechos y obligaciones de la Unión Soviética con arreglo a la Carta de las Naciones Unidas y a los tratados multilaterales depositados ante el Secretario General.

(q) La ex Yugoslavia firmó y ratificó la Convención el 11 de abril de 1980 y el 27 de marzo de 1985, respectivamente. El 12 de marzo de 2001 la República Federativa de Yugoslavia declaró lo siguiente: "Tras haber examinado [la Convención], el Gobierno de la República Federativa de Yugoslavia sucede en esa misma Convención y se compromete formalmente a cumplir las condiciones estipuladas en ella a partir del 27 de abril de 1992, fecha en que la República Federativa de Yugoslavia asumió la responsabilidad de sus relaciones internacionales."